Artículo 99.- (Rehabilitación del inocente y del condenado por error judicial).
(Derogado por el Código de Procedimiento Penal de 25 de marzo de 1999). El condenado por error judicial y el inocente, merecerán en sentencia especial plena rehabilitación. a esta sentencia se le dará la mayor publicidad.
Artículo 99.- (Rehabilitación del inocente y del condenado por error judicial). Leer más »