Código Penal – Ley No. 1768

Artículo 66.- (Libertad condicional).

(Derogado por el Código de Procedimiento Penal de 25 de marzo de 1999). El juez de la causa, mediante sentencia motivada, podrá conceder libertad condicional por una sola vez al condenado a pena privativa de libertad que hubiera cumplido las dos terceras partes de la condena, previo informe de la dirección general de establecimientos penitenciarios, […]

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Artículo 67.- (Condiciones).

(Derogado por el Código de Procedimiento Penal de 25 de marzo de 1999). La sentencia motivada que conceda la libertad, deberá imponer al condenado las condiciones siguientes: 1.Observar las normas de conducta señaladas en el artículo 61. 2.Someterse a la vigilancia de las autoridades. 3.Prestar caución de buena conducta. 4.Presentarse periódicamente ante el juez de

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Artículo 59.- (Suspensión condicional de la pena).

(Derogado por el Código de Procedimiento Penal de 25 de marzo de 1999). El juez, en sentencia motivada y previos los informes necesarios, podrá suspender condicionalmente el cumplimiento y ejecución de la pena, cuando concurran los requisitos siguientes: 1.La pena privativa de libertad impuesta no exceda de tres años; 2.El agente no haya sido objeto

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