Artículo 40 bis.- (Agravante general).
(Modificado por el D.S. No. 0667 – texto ordenado de 8 de octubre de 2010). Se elevarán en un tercio el mínimo y en un medio el máximo, las penas de todo delito tipificado en la parte especial de este código y otras leyes penales complementarias, cuando hayan sido cometidos por motivos racistas y/o discriminatorios […]