Código Penal – Ley No. 1768

Artículo 5 bis.- (Atribución de responsabilidad penal de personas jurídicas).

(Incorporado por la Ley No. 1390 de 27 de agosto de 2021). I. Las personas jurídicas privadas y aquellas que constituyen empresas mixtas, independientemente de su organización o formas jurídicas, son responsables penalmente por la comisión de delitos de corrupción y vinculados cuando: 1.Los hechos punibles hayan sido cometidos en beneficio o interés de aquellas;

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