Código de Procedimiento Penal – Ley No. 1970 – Modificados

ARTÍCULO 282 Bis. (AGENTE ENCUBIERTO EN ENTORNOS DIGITALES).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 1636 de 10 de septiembre de 2025 ARTÍCULO 282 Bis. (AGENTE ENCUBIERTO EN ENTORNOS DIGITALES). (Incorporado por la Ley No. 1636 de 10 de septiembre de 2025). I. En la investigación de delitos a la vulneración de la integridad sexual de niñas, niños y adolescentes en entornos digitales, […]

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Artículo 235 bis. (Peligro de Reincidencia).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 264 de 31 de julio de 2012 Artículo 235 bis. (Peligro de Reincidencia). También se podrán aplicar medidas cautelares incluida la detención preventiva, cuando el imputado haya sido condenado en Bolivia o en el extranjero por sentencia ejecutoriada si no hubieran transcurrido desde el cumplimiento de la condena

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Artículo 433.- (Libertad condicional).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1443 de 4 de julio de 2022 Artículo 433.- (Libertad condicional). Los requisitos para la procedencia de la Libertad Condicional se regirán conforme a lo previsto en la Ley N° 2298, de 20 de diciembre de 2001, de Ejecución Penal y Supervisión. Anterior 1 – Modificado por la

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Artículo 429 bis. (Participación del Ministerio Público y la víctima en ejecución de sentencia)

Vigente – Incorporado por la Ley No. 1443 de 4 de julio de 2022 Artículo 429 bis. (Participación del Ministerio Público y la víctima en ejecución de sentencia) I. Todos los incidentes suscitados durante la ejecución de sentencia deberán ser puestos en conocimiento del Ministerio Público y de la víctima, otorgándoles un plazo de cinco

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Artículo 404.- (Interposición).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019 Artículo 404.- (Interposición). Cuando la resolución se dicte en audiencia, el recurso se interpondrá inmediatamente de forma oral ante la jueza, el juez o tribunal que la dictó. En los demás casos, la apelación se interpondrá por escrito, debidamente fundamentada, dentro

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Artículo 405.- (Remisión).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019 Artículo 405.- (Remisión). La jueza, el juez o tribunal remitirá las actuaciones al Tribunal Departamental de Justicia dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes para que éste resuelva. Texto Original Artículo 405.- (Emplazamiento y remisión). Presentado el recurso, el juez emplazará

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Artículo 403.- (Resoluciones apelables)

Vigente – Modificado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019 Artículo 403.- (Resoluciones apelables) El recurso de apelación incidental procederá contra las siguientes resoluciones: 1. La que resuelve la suspensión condicional del proceso; 2. La que resuelve una excepción o incidente; 3. La que resuelve medidas cautelares o su sustitución; 4.

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Artículo 396.- (Reglas generales).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1443 de 4 de julio de 2022 Artículo 396.- (Reglas generales). Los recursos se regirán por las siguientes reglas generales: 1. Tendrán efecto suspensivo, salvo que exista conformidad entre la Sentencia y el Auto de Vista; 2. Podrán ser desistidos con costas por la parte que los haya

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Artículo 393 duoter. (Participación de la sociedad civil).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019 Artículo 393 duoter. (Participación de la sociedad civil). A solicitud expresa de la víctima, las organizaciones de la sociedad civil especializadas en atención y asesoramiento a casos de violencia a niñas, niños, adolescentes o mujeres, podrán apersonarse ante la Policía Boliviana,

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