Código de Procedimiento Penal – Ley No. 1970 – Modificados

Artículo 54.- (Jueces de Instrucción).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019 Artículo 54.- (Jueces de Instrucción). Las juezas o los jueces de instrucción, son competentes para: 1. El control de la investigación, conforme a las facultades y deberes previstos en este Código; 2. Emitir las resoluciones jurisdiccionales que correspondan durante la etapa […]

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Artículo 52.- (Tribunales de Sentencia).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019 Artículo 52.- (Tribunales de Sentencia). I. Los Tribunales de Sentencia estarán integrados por tres (3) jueces técnicos, quienes serán competentes para conocer la sustanciación y resolución del juicio, en los siguientes delitos: Código Penal, elevado a rango de Ley por la

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Artículo 49.- (Reglas de competencia territorial).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1443 de 4 de julio de 2022 Artículo 49.- (Reglas de competencia territorial). Serán competentes: 1. El juez del lugar de la comisión del delito. El delito se considera cometido en el lugar donde se manifieste la conducta o se produzca el resultado; 2. El juez de la

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Artículo 29 Bis. (Imprescriptibilidad).

Vigente – Incorporado por la Ley No. 004 de 31 de marzo de 2010 Artículo 29 Bis. (Imprescriptibilidad). De conformidad con el Articulo 112 de la Constitución Política del Estado, los delitos cometidos por servidoras o servidores públicos que atenten contra el patrimonio del Estado y causen grave daño económico, son imprescriptibles y no admiten

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Artículo 30.- (Inicio del término de la prescripción).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019 Artículo 30.- (Inicio del término de la prescripción). El término de la prescripción empezará a correr desde la media noche del día en que se cometió el delito o en que cesó su consumación. Cuando se trate de delitos contra la

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Artículo 26.- (Conversión de acciones).

Vigente – Modificado por la Ley No. 586 de 30 de octubre de 2014 Artículo 26.- (Conversión de acciones). A pedido de la víctima, la acción penal pública podrá ser convertida en acción privada en los siguientes casos: 1. Cuando se trate de un delito que requiera instancia de parte, salvo las excepciones previstas en

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Artículo 23.- (Suspensión condicional del proceso).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019 Artículo 23.- (Suspensión condicional del proceso). Cuando sea previsible la suspensión condicional de la pena o se trate de delitos que tengan pena privativa de libertad cuyo máximo legal sea igual o inferior a seis (6) años, las partes podrán solicitar

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Artículo 20.- (Delitos de acción privada).

Vigente – Modificado por la Ley No. 045 de 8 de octubre de 2010 Artículo 20.- (Delitos de acción privada). Son delitos de acción privada: el giro de cheque en descubierto, giro defectuoso de cheque, desvío de clientela, corrupción de dependientes, apropiación indebida, abuso de confianza, los delitos contra el honor, destrucción de cosas propias

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Artículo 11.- (Garantía de la víctima).

Vigente – Modificado por la Ley No. 007 de 18 de mayo de 2010 Artículo 11.- (Garantía de la víctima). La víctima por si sola o por intermedio de un abogado, sea particular o del Estado, podrá intervenir en el proceso penal aunque no se hubiera constituido en querellante. Texto Original Artículo 11.- (Garantías de

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