Código de Procedimiento Penal – Ley No. 1970 – Modificados

Artículo 345.- (Trámite de los incidentes).

Vigente – Modificado por la Ley No. 586 de 30 de octubre de 2014 Artículo 345.- (Trámite de los incidentes). Todas las cuestiones incidentales sobrevinientes conforme a las reglas de los Artículos 314 y 315 de presente Código, serán tratadas en un solo acto, a menos que el Tribunal resuelva hacerlo en sentencia. En la […]

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Artículo 355.- (Otros medios de prueba).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019 Artículo 355.- (Otros medios de prueba). Las pruebas literales serán leídas y exhibidas en la audiencia, con indicación de su origen. La autoridad jurisdiccional sobre la base de los argumentos de las partes intervinientes, ordenará la lectura de la parte pertinente

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Artículo 344 Bis. (Procedimiento de Juicio Oral en Rebeldía por Delitos de Corrupción y de Lesa humanidad).

Declarado Inconstitucional – Sentencia Constitucional No. 0001/2024 de 17 de enero de 2024 Artículo 344 Bis. (Procedimiento de Juicio Oral en Rebeldía por Delitos de Corrupción y de Lesa humanidad). En caso de constatarse la incomparecencia del imputado por delitos de corrupción y delitos contemplados en la categoría de delitos de lesa humanidad, se lo

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Artículo 340.- (Preparación del juicio).

Vigente – Modificado por la Ley No. 586 de 30 de octubre de 2014 Artículo 340.- (Preparación del juicio). I. Recibida la acusación ante el Juzgado o Tribunal competente y radicada la causa en el día, la autoridad judicial notificará al Ministerio Público para la presentación física de las pruebas ofrecidas, dentro de las veinticuatro

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Artículo 341.- (Contenido de la acusación).

Vigente – Modificado por la Ley No. 586 de 30 de octubre de 2014 Artículo 341.- (Contenido de la acusación). I. La acusación contendrá: 1. Los datos que sirvan para identificar a la o el imputado y la víctima, su domicilio procesal y real, adjuntando croquis de este último; 2. La relación precisa y circunstanciada

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Artículo 339.- (Poder ordenador y disciplinario).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019 Artículo 339.- (Poder ordenador y disciplinario). La jueza, el juez o el presidente del tribunal, en ejercicio de su poder ordenador y disciplinario, deberá: 1. Adoptar las providencias necesarias para mantener el orden y adecuado desarrollo de la audiencia, imponiendo en

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Artículo 336.- (Reanudación de la audiencia).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019 Artículo 336.- (Reanudación de la audiencia). Si la causal de suspensión subsistiera el día de reanudación de la audiencia: 1. Podrá ordenarse la separación del juicio con relación al imputado impedido y continuarse el trámite con los otros coimputados; y, 2.

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Artículo 334.- (Continuidad).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019 Artículo 334.- (Continuidad). I. Iniciado el juicio, éste se realizará ininterrumpidamente todos los días hasta su conclusión con la emisión de la sentencia, y sólo podrá suspenderse en los casos previstos en el presente Código. La audiencia se realizará sin interrupción,

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Artículo 335.- (Casos de suspensión).

Vigente – Modificado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019 Artículo 335.- (Casos de suspensión). La audiencia del juicio se suspenderá únicamente cuando: 1. No comparezcan testigos o peritos cuya intervención sea indispensable y no pueda ser diferida, causal que podrá ser alegada por una sola vez; 2. La persona imputada

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