Artículo 345.- (Trámite de los incidentes).
Vigente – Modificado por la Ley No. 586 de 30 de octubre de 2014 Artículo 345.- (Trámite de los incidentes). Todas las cuestiones incidentales sobrevinientes conforme a las reglas de los Artículos 314 y 315 de presente Código, serán tratadas en un solo acto, a menos que el Tribunal resuelva hacerlo en sentencia. En la […]