Artículo 372.- (Valor de los registros).
Los medios de registro del juicio sólo tendrán valor probatorio para demostrar la forma de su realización a los efectos de los recursos que correspondan.
Los medios de registro del juicio sólo tendrán valor probatorio para demostrar la forma de su realización a los efectos de los recursos que correspondan.
El juicio podrá registrarse mediante acta escrita o por un medio audiovisual. Cuando el juicio se registre por acta, ésta contendrá: 1.Lugar y fecha de su realización, con indicación de la hora de inicio y de su finalización, así como de las suspensiones y reanudaciones; 2.Nombre de los jueces, de las partes, defensores y representantes;
Los defectos de la sentencia que habilitan la apelación restringida, serán los siguientes: 1.La inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva; 2.Que el imputado no esté suficientemente individualizado; 3.Que falte la enunciación del hecho objeto del juicio o su determinación circunstanciada; 4.Que se base en medios o elementos probatorios no incorporados legalmente al juicio
La suspensión condicional de la pena y el perdón judicial no comprenden la responsabilidad Civil que deberá ser siempre satisfecha.
Ejecutoriada la sentencia que impone condena de ejecución condicional, el beneficiado deberá cumplir las obligaciones impuestas de conformidad al Artículo 24 de este Código. Vencido el período de prueba la pena quedará extinguida. Si durante el período de prueba el beneficiario infringe, sin causa justificada, las normas de conducta impuestas, la suspensión será revocada y
(Modificado por la Ley No. 004 de 31 de marzo de 2010). La jueza o el juez o tribunal al dictar sentencia condenatoria, concederá el perdón judicial al autor o partícipe que por un primer delito haya sido condenado a pena privativa de libertad no mayor a dos años. No procederá el perdón judicial, bajo
(Modificado por la Ley No. 004 de 31 de marzo de 2010). La jueza o el juez o tribunal, previo los Informes necesarios y tomando en cuenta los móviles o causas que hayan inducido al delito, la naturaleza y modalidad del hecho, podrá suspender de modo condicional el cumplimiento de la pena cuando concurran los
Artículo 366.- (Suspensión condicional de la Pena). Leer más »
La sentencia absolutoria ordenará la libertad del imputado en el acto, la cesación de todas las medidas cautelares personales y fijará las costas y, en su caso, declarará la temeridad o malicia de la acusación a efectos de la responsabilidad correspondiente. La libertad del imputado se ordenará aun cuando la sentencia absolutoria no esté ejecutoriada