Cuarta.- (Disposiciones orgánicas transitorias).
Dos meses antes de la vigencia plena de este Código, el Consejo de la Judicatura y la Fiscalía General de la República determinarán los juzgados, Salas de las Cortes Superiores y fiscales liquidadores que continuarán, a partir de la vigencia plena de este Código, el trámite de las causas según el régimen procesal anterior. Dos […]