Artículo 440.- (Registro de antecedentes penales).
El Registro Judicial de Antecedentes Penales, dependiente del Consejo de la Judicatura, tendrá a su cargo el registro centralizado de las siguientes resoluciones: 1.Las Sentencias condenatorias ejecutoriadas; 2.Las que declaren la rebeldía; y, 3.Las que suspendan condicionalmente el proceso. Todo juez o tribunal remitirá al registro, copia autenticada de estas resoluciones. El Consejo de la […]
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