Artículo 175.- (Requisa personal).
El fiscal podrá disponer requisas personales, siempre que haya motivos suficientes para presumir que una o más personas ocultan entre sus pertenencias o lleven en el interior de su cuerpo o adherido a él, objetos relacionados con el delito. Antes de proceder a la requisa se deberá advertir a la persona acerca de la sospecha […]