Código de Procedimiento Penal – Ley No. 1970

Artículo 97.- (Oportunidad y autoridad competente).

Durante la etapa preparatoria, el imputado prestará declaración ante el fiscal, previa citación formal. El funcionario policial podrá participar en el acto, previa citación formal, pudiendo interrogar al imputado bajo la dirección del fiscal. La autoridad preventora informará al fiscal, dentro de las ocho horas siguientes, si el imputado ha sido detenido, para que reciba

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Artículo 98.- (Registro de la declaración).

(Modificado por la Ley No. 1173 de 3 de mayo de 2019). Las declaraciones del imputado en la etapa preparatoria se registrarán digitalmente, excepcionalmente en lugares que no tengan acceso a la ciudadanía digital, mediante la transcripción u otro medio que reproduzca del modo más fidedigno su realización, garantizando su individualización, fidelidad, inalterabilidad y conservación.

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Artículo 94.- (Abogado defensor).

Las declaraciones del imputado no podrán llevarse a cabo sin la presencia de su abogado defensor. En caso de inasistencia se fijará nueva audiencia para el día siguiente, procediéndose a su citación formal; si no compareciera, se designará inmediatamente a otro, sin perjuicio de las sanciones que correspondan. Cuando exista imposibilidad de asistencia técnica del

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Artículo 95.- (Desarrollo de la declaración).

Se informará al imputado el derecho que tiene a guardar silencio. El imputado podrá declarar todo cuanto considere útil para su defensa. En todo caso se le preguntará: 1.Su nombre, apellido, edad, estado civil, profesión, nacionalidad, fecha y lugar de nacimiento, domicilio real y procesal; 2.Si ha sido perseguido penalmente y, en su caso, por

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Artículo 93.- (Métodos prohibidos para la declaración).

En ningún caso se exigirá juramento al imputado, ni será sometido a ninguna clase de coacción, amenaza o promesa, ni se usará medio alguno para obligarlo, inducirlo o instigarlo a declarar contra su voluntad; ni se le harán cargos tendientes a obtener su confesión. La declaración del imputado sin la presencia del fiscal y su

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