Código de Procedimiento Penal – Ley No. 1970

Artículo 35.- (Prohibiciones y limitaciones en el ejercicio de la acción penal).

No podrán denunciar ni ejercitar la acción penal: el descendiente en línea directa contra su ascendiente y viceversa, dentro del cuarto grado de consanguinidad o por adopción; los parientes colaterales entre sí, dentro del segundo grado de consanguinidad o por adopción; los cónyuges y convivientes entre sí; y el condenado por falso testimonio, calumnia o […]

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Artículo 32.- (Suspensión del término de la prescripción).

El término de la prescripción de la acción se suspenderá: 1.Cuando se haya resuelto la suspensión de la persecución penal y esté vigente el período de prueba correspondiente; 2.Mientras esté pendiente la presentación del fallo que resuelva las cuestiones prejudiciales planteadas; 3.Durante la tramitación de cualquier forma de antejuicio o de la conformidad de un

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