Artículo 80. (Investigadores policiales).
Con el objeto de garantizar la eficacia de la investigación de los delitos, la Policía Boliviana deberá destinar a las servidoras o servidores policiales para que cumplan funciones de Policía Judicial, bajo la dirección funcional del Ministerio Público, para tal efecto: 1.Seleccionará a servidoras y servidores policiales considerando sus conocimientos, habilidades y competencias en materia […]