Artículo 24. (Cesación y destitución).
I. Las o los Fiscales cesarán en el ejercicio de sus funciones por: 1.Incapacidad sobreviniente. 2.Incurrir en algún impedimento, prohibición, o incompatibilidad prevista en la Constitución Política del Estado y la Ley. 3.Cuando exista sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal, sentencia condenatoria ejecutoriada en Juicio de responsabilidades, resolución definitiva de destitución en proceso disciplinario, o […]