Artículo 111. (Carrera administrativa).
La carrera administrativa alcanza a todo el personal que cumple función administrativa, en relación de dependencia con la Fiscalía General del Estado.
La carrera administrativa alcanza a todo el personal que cumple función administrativa, en relación de dependencia con la Fiscalía General del Estado.
I. Las y los Fiscales y servidores del Ministerio Público, gozarán de una vacación, que será programada por la Fiscalía General del Estado en coordinación con las Fiscalías Departamentales, de acuerdo a Reglamento. II. El Ministerio Público en la programación de sus vacaciones, deberá garantizar la continuidad del servicio.
Es el proceso de captación y selección de recursos humanos, cuyos conocimientos especializados cubran los requisitos inherentes a la función administrativa.
I. Para el cumplimiento de sus funciones, la Fiscalía General del Estado dispondrá del personal administrativo y técnico necesario, organizado de acuerdo a Reglamento. II. El personal administrativo y técnico estará sometido disciplinariamente a la Ley que corresponda a las y los servidores públicos y sus reglamentos.
La Directora o Director deberá contar con Título Profesional de Abogada o Abogado, con una antigüedad de 4 años y especialidad en educación superior; para acceder a la misma, deberá ser previa convocatoria pública.
Artículo 107. (Requisitos para ser directora o director). Leer más »
I. Su estructura y funcionamiento se establecerá mediante Reglamento. II. La Escuela de Fiscales del Ministerio Público deberá contar, en lo posible, con unidades de capacitación y formación, en cada Departamento.
Artículo 108. (Estructura y unidades de capacitación). Leer más »
I. La Escuela de Fiscales del Estado depende de la o del Fiscal General del Estado, estará a cargo de una Directora o un Director, designada o designado por dicha autoridad, previa convocatoria pública, y contará con el personal necesario. II. Su organización y funcionamiento se regulará mediante Reglamento.
La Escuela de Fiscales del Estado, con Sede en la Ciudad de Sucre, es el organismo técnico académico que tiene la finalidad de planificar, dirigir y desarrollar los procesos de formación y capacitación de Fiscales, y servidoras o servidores del Ministerio Público, para el ejercicio de sus funciones.
Las atribuciones de la Escuela de Fiscales del Estado son: 1.Planificar y Ejecutar los programas de formación y capacitación de las servidoras y los servidores del Ministerio Público. 2.Implementar los cursos de formación, actualización y especialización. 3.Prestar soporte técnico jurídico a las instancias encargadas de la selección de Fiscales así como a aquéllos otros que