SECCIÓN II
CITACIÓN Y EMPLAZAMIENTO
I.La demanda podrá ser ampliada o modificada hasta antes de la contestación. En tal caso, la ampliación o modificación deberán citarse a la parte demandada, con los mismos efectos de la citación con la demanda original. II.Si después de contestada sobreviene algún hecho nuevo que influya sobre el derecho pretendido por las partes en el
La presentación de la demanda formalmente idónea surtirá los siguientes efectos: 1.La competencia de la autoridad judicial no se modificará aunque posteriormente varíen las circunstancias que la determinaron. 2.La legitimación de las partes subsistirá aunque los hechos que la sustenten hubieren cambiado. 3.La pretensión ejercitada no podrá ser alterada fuera de los límites previstos por
En la demanda con pretensión múltiple deberán, concurrir los siguientes requisitos: 1.Se trate de pretensiones de materias iguales, análogas o conexas. 2.Las pretensiones no sean contrarias entre sí, salvo el caso de que una se proponga como alternativa de la otra. 3.Todas puedan sustanciarse por el mismo procedimiento.
I.Si la demanda no se ajustare a los requisitos señalados en el Artículo 110 del presente Código, se dispondrá la subsanación de los defectos en plazo de tres días, bajo apercibimiento, en caso contrario, de tenerse por no presentada aquella. II.Si fuere manifiestamente improponible, se la rechazará de plano en resolución fundamentada. Contra el auto
I.Se acompañará a la demandaría prueba documental relativa a su pretensión. Si la parte no dispusiere de documentos a tiempo de presentar la demanda se indicará en ésta, el contenido y el lugar donde se encuentren y se solicitará su incorporación al proceso. En este último caso, la autoridad judicial de oficio conminará la remisión
Después de interpuesta la demanda, sólo se admitirá documentos de fecha posterior a ella o, siendo anteriores, bajo juramento o promesa de no haberse tenido conocimiento de los documentos.
ARTÍCULO 112. (DOCUMENTOS POSTERIORES O ANTERIORES). Leer más »
La demanda será escrita, salvo disposición expresa en contrario, y deberá reunir los siguientes requisitos de forma y contenido: 1.La indicación de la autoridad judicial ante quien se interpusiere. 2.Suma o síntesis de la pretensión que se dedujere. 3.El nombre, domicilio y generales de la parte demandante o del representante legal, si se tratare de