Artículo 340. (INTERROGATORIO).
I. Las preguntas serán claras y precisas, cada una no contendrá más de un hecho, y deberán versar sobre puntos controvertidos relativos a la actuación personal del interrogado. No se realizarán preguntas ofensivas ni discriminatorias. II. La autoridad judicial deberá aclarar las preguntas que la persona confesante no comprenda, cuando ésta lo solicite. III. La […]