TERCERA.
I. Tres meses antes de la vigencia plena del presente Código, el Consejo de la Magistratura, por Resolución de Sala Plena, deberá tener reordenados los procesos y reasignada la equivalencia entre los Juzgados de Instrucción y Partido de Familia, en relación a los Juzgados Públicos en materia Familiar. II. El Consejo de la Magistratura deberá […]