Artículo 405.

El desarrollo rural integral sustentable es parte fundamental de las políticas económicas del Estado, que priorizará sus acciones para el fomento de todos los emprendimientos económicos comunitarios y del conjunto de los actores rurales, con énfasis en la seguridad y en la soberanía alimentaria, a través de:

1.            El incremento sostenido y sustentable de la productividad agrícola, pecuaria, manufacturera, agroindustrial y turística, así como su capacidad de competencia comercial.

2.            La articulación y complementariedad interna de las estructuras de producción agropecuarias y agroindustriales.

3.            El logro de mejores condiciones de intercambio económico del sector productivo rural en relación con el resto de la economía boliviana.

4.            La significación y el respeto de las comunidades indígena originario campesinas en todas las dimensiones de su vida.

5.            El fortalecimiento de la economía de los pequeños productores agropecuarios y de la economía familiar y comunitaria.