Ir al contenido
Punto Clave
Punto Clave
Email
  • Inicio
  • Leyes Actualizadas
  • Iniciar sesión
Punto Clave
Punto Clave
  • Inicio
  • Leyes Actualizadas
  • Iniciar sesión
Email

ARTÍCULO 249. (Expropiación).-

/ Código Civil - Ley No. 1071 / Por editorialpuntoclave65@gmail.com

Si la cosa sujeta a usufructo es expropiada por causa de utilidad pública, el usufructo se transfiere a la indemnización.

← Entrada anterior
Entrada siguiente →