Décima novena. (Publicación de edictos).

La publicación de notificaciones por edicto, continuará realizándose válidamente en medios escritos de comunicación, hasta doce (12) meses después de entrada en vigencia plena del presente Ley, vencido este plazo los edictos serán publicados en el portal electrónico de notificaciones del Tribunal Supremo de Justicia y del Ministerio Público a través del Sistema Informático de Gestión de Causas.