Novena. (Herramientas tecnológicas).

I. A partir de la publicación de la presente Ley, en las capitales de Departamento y municipios con población igual o mayor a cincuenta mil (50.000) habitantes, las herramientas tecnológicas de información y comunicación, así como los mecanismos de ciudadanía digital, notificaciones electrónicas y del sistema informático de gestión de causas, serán implementadas en sujeción a los siguientes plazos:

1.En un plazo no mayor a noventa (90) días calendario:

a)Habilitación de los correspondientes buzones de notificaciones de ciudadanía digital.

b)Firma digital o mecanismo de aprobación de documentos de ciudadanía digital a toda actuación de autoridades judiciales, fiscales, policiales y otras vinculadas a la gestión de la justicia penal; Estas actuaciones deberán estar disponibles para las partes a través de su cuenta de ciudadanía digital.

2.En un plazo no mayor a ciento veinte (120) días calendario:

a)La informatización de las ventanillas únicas de atención al ciudadano.

b)El registro de audiencias en medios digitales y su disponibilidad para las partes.

3.En un plazo no mayor a ciento cincuenta (150) días calendario, el Sistema Informático de Gestión de Causas.

II. En los demás municipios, las herramientas tecnológicas de información y comunicación, así como los mecanismos de ciudadanía digital, notificaciones electrónicas y el sistema informático de gestión de causas, serán implementadas de manera progresiva en cada uno de los componentes señalados en el Parágrafo I de la presente Disposición, en un plazo no mayor a trescientos (300) días calendario a partir de la publicación de esta Ley.

III. En el plazo de ciento veinte (120) días calendario siguientes a la publicación de esta Ley, el Tribunal Supremo de Justicia, el Consejo de la Magistratura, el Ministerio Público, la Policía Boliviana y la Dirección General de Régimen Penitenciario, de manera coordinada, interoperarán sus sistemas informáticos, mediante la plataforma de interoperabilidad del Estado.

IV. En el caso del Órgano Judicial, la implementación de las herramientas tecnológicas se realizará de manera coordinada entre el Consejo de la Magistratura y el Tribunal Supremo de Justicia.