La Comisión de Seguimiento de las Conclusiones de la Cumbre de Justicia, creada por Ley No. 898 de 26 de enero de 2017, será la instancia de seguimiento y evaluación de la implementación de esta Ley y tendrá las siguientes atribuciones enunciativas y no limitativas:
1.Convocar a las instituciones necesarias para el tratamiento de temáticas específicas relativas a esta Ley;
2.Aprobar el plan de implementación de esta Ley, que mínimamente contemple la implementación de las Oficinas Gestoras de Procesos, la incorporación de herramientas tecnológicas de información y comunicación, la capacitación de los operadores jurisdiccionales y administrativos, así como monitorear su ejecución y realizar los ajustes necesarios; y,
3.Conformar comités de implementación de acuerdo a necesidades temáticas o territoriales que estime convenientes para el mejor cumplimiento de sus atribuciones.