I. Se incorpora el numeral 7 en el Artículo 49 de la Ley No. 1970, de 25 de marzo de 1999, del Código de Procedimiento Penal, con el siguiente texto:
(Modificaciones ya incorporadas en el correspondiente texto. Para mayor detalle ver en nuestro Sitio WEB las Tablas de Modificaciones de ambas Leyes).
II. Se incorpora el parágrafo IV en el Artículo 389 Bis., de la Ley No. 1970, de 25 de marzo de 1999, del Código de Procedimiento Penal, incorporado por la Ley No. 1173, de 3 de mayo de 2019, de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral Contra la Violencia a Niñas, Niños, Adolescentes y Mujeres, con el siguiente texto:
(Modificaciones ya incorporadas en el correspondiente texto. Para mayor detalle ver en nuestro Sitio WEB las Tablas de Modificaciones de ambas Leyes).
III. Se incorpora el Artículo 429 bis a la Ley No. 1970, de 25 de marzo de 1999, del Código de Procedimiento Penal, con el siguiente texto:
(Modificaciones ya incorporadas en el correspondiente texto. Para mayor detalle ver en nuestro Sitio WEB las Tablas de Modificaciones de ambas Leyes).
IV. Se incorpora el numeral 23 al Artículo 187 de la Ley No. 025, de 24 de junio de 2010, del Órgano Judicial con el siguiente texto:
(Modificaciones ya incorporadas en el correspondiente texto. Para mayor detalle ver en nuestro Sitio WEB las Tablas de Modificaciones de ambas Leyes).
V. Se incorpora el numeral 21 al Artículo 121 a la Ley No. 260, de 11 de julio de 2012, Orgánica del Ministerio Público, con el siguiente texto:
(Modificaciones ya incorporadas en el correspondiente texto. Para mayor detalle ver en nuestro Sitio WEB las Tablas de Modificaciones de ambas Leyes).
VI. Se incorpora el numeral 39 al Artículo 12 a la Ley No. 101, de 4 de abril de 2011, del Régimen Disciplinario de la Policía Boliviana, con el siguiente texto:
(Modificaciones ya incorporadas en el correspondiente texto. Para mayor detalle ver en nuestro Sitio WEB las Tablas de Modificaciones de ambas Leyes).