Son penas privativas de libertad:
1.(PRESIDIO).
El presidio se aplicará a los delitos que revistan mayor gravedad y tendrá duración de uno a treinta años. En los de concurso el máximo no podrá, en ningún caso, exceder de treinta años.
2.(RECLUSIÓN).
La reclusión se aplicará a los delitos de menor gravedad y su duración será de un mes a ocho años.
3.(APLICACIÓN).
Tratándose de cualquiera de estas sanciones, el juez podrá aplicar una u otra en conformidad con el artículo treinta y siete.