La defensa penal otorgada por el Estado es una función de servicio público, a favor de todo imputado carente de recursos económicos y de quienes no designen abogado para su defensa.
El servicio de Defensa Estatal se cumple por:
a)La Defensa de Oficio, dependiente del Poder Judicial;
b)La Defensa Pública, dependiente del Poder Ejecutivo; y,
c)Otras formas de defensa y asistencia previstas por Ley.