El fiscal, juez o tribunal y los peritos procurarán que los objetos examinados sean conservados, de modo que la pericia pueda repetirse.
Si es necesario destruir o alterar los objetos analizados, los peritos deberán informar antes de proceder.
El fiscal, juez o tribunal y los peritos procurarán que los objetos examinados sean conservados, de modo que la pericia pueda repetirse.
Si es necesario destruir o alterar los objetos analizados, los peritos deberán informar antes de proceder.