I. La Dirección Administrativa Financiera es la encargada de la administración, uso y disposición de los bienes, patrimonio y recursos económicos del Ministerio Público, con arreglo a la Ley.
II. Estará a cargo de una directora o director designada o designado por la o el Fiscal General del Estado, previa convocatoria pública, ejercerá esta función por un periodo de cuatro años y contará con el personal necesario, quien deberá prestar caución o fianza para el ejercicio de sus funciones equivalente a veinte salarios mínimos.