La o el Director Administrativo Financiero tiene las siguientes atribuciones:
1.Elaborar y proponer a la o el Fiscal General del Estado el presupuesto anual y su Programa Operativo Anual.
2.Garantizar la disponibilidad de los materiales y recursos necesarios para el cumplimiento de las funciones de la institución.
3.Ejecutar y autorizar gastos, compras y contrataciones, salvo aquellos que la o el Fiscal General del Estado determine que requieran de su autorización.
4.Coordinar con el Órgano Ejecutivo y la Contraloría General del Estado los aspectos de hacienda, tesorería y control gubernamental, conforme con la Ley.
5.Asesorar a la o el Fiscal General del Estado en los asuntos administrativos y financieros de la institución.
6.Proponer la creación de Unidades Administrativas y Financieras a la o el Fiscal General del Estado.
7.Toda otra atribución que expresamente le delegue la o el Fiscal General del Estado.