No podrán ser Fiscales:
1.Las o los interdictos, declaradas o declarados judicialmente.
2.Las o los que tengan pliego de cargo ejecutoriado.
3.Las o los que hayan patrocinado a personas que resultaren culpables de la comisión de delitos contra la unidad del Estado, así como quienes hayan participado de la conformación de gobiernos dictatoriales o hayan patrocinado procesos de entrega o enajenación de recursos naturales y patrimonio nacional.
4.Las o los que tengan sentencia condenatoria ejecutoriada por la comisión de delito.
5.Las o los que hayan sido sancionadas o sancionados con destitución en proceso disciplinario y/o administrativo en entidades u órganos públicos.