Artículo 39. (Requisitos).

Para optar el cargo de Fiscal de Materia, además de los requisitos generales se requiere:

1.Haber ejercido las funciones de Fiscal, Jueza, Juez o la profesión de Abogada o Abogado, durante cuatro años acreditados, previa convocatoria pública.

2.Haber vencido el Curso de formación Inicial en la Escuela de Fiscales del Estado con antigüedad en la profesión de abogado libre de 3 años.