La Directora o el Director de protección a las víctimas, testigos y miembros del Ministerio Público tienen las siguientes atribuciones:
1.Asesorar a la o al Fiscal General en políticas de protección y asistencia a la víctima, testigos y miembros del Ministerio Público.
2.Ejecutar y coordinar la implementación de políticas y programas de protección especializada y diferenciada, y de atención de la víctima, testigos y miembros del Ministerio Público.
3.Solicitar mediante requerimiento Fiscal a que la Policía Boliviana brinde protección física a las víctimas, denunciantes, testigos, servidores del Ministerio Público o personas que colaboren en la persecución de delitos.
4.Supervisar y evaluar la ejecución de planes y programas de protección especializada y diferenciada, y de atención.
5.Promover la implementación de programas de cooperación Nacional o Internacional, con instituciones públicas o privadas.
6.Las demás atribuciones que le sean asignadas por la o el Fiscal General del Estado.