La citación con la demanda o con la reconvención producirá los siguientes efectos:
1.La parte demandada es prevenida con la demanda y no podrá ser citada por otra autoridad judicial sobre el mismo asunto.
2.Interrumpe la prescripción.
3.Da lugar a que los intereses legales corran desde el día de la citación.
4.Determina la mora del deudor.
5.Obliga a la restitución de los frutos percibidos por el poseedor a partir de esa fecha.
6.Los demás efectos jurídicos establecidos por Ley.