I.Quien obtuviere la exención:
1.Tendrá derecho a la asignación de abogado patrocinante a través del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional.
2.Estará exento total o parcialmente de los aranceles judiciales, de las costas y costos.
II.Las y los abogados tendrán derecho al pago de sus honorarios provenientes de la condenación en costos a la parte adversa.