I.Las resoluciones que resuelvan los incidentes, admitirán recurso de reposición con alternativa de apelación.
II.Si las resoluciones se pronuncian antes de sentencia se concederán en el efecto diferido.
I.Las resoluciones que resuelvan los incidentes, admitirán recurso de reposición con alternativa de apelación.
II.Si las resoluciones se pronuncian antes de sentencia se concederán en el efecto diferido.