La o el Oficial de Registro Cívico remitirá la oposición al Juzgado Público correspondiente para que la resuelva, con citación y emplazamiento de los futuros cónyuges y la o el opositor.
La o el Oficial de Registro Cívico remitirá la oposición al Juzgado Público correspondiente para que la resuelva, con citación y emplazamiento de los futuros cónyuges y la o el opositor.