Artículo 277. (FUERZA EJECUTIVA).

(Declarado Inconstitucional en parte – Sentencia Constitucional 2022 0020 de 27 de Abril de 2022).

La decisión que ordene la aplicación, sustitución, modificación o levantamiento de medidas cautelares, no será susceptible de impugnación, y la misma servirá de mandamiento con fuerza ejecutiva para su cumplimiento efectivo, por lo que deberá precisarse su contenido y alcance.