I. Previa notificación a las partes, la autoridad judicial remitirá el recurso y las piezas del expediente al superior, dentro del plazo máximo de veinticuatro (24) horas de concedido el recurso.
II. Cuando la autoridad judicial no tenga nada que tramitar o ejecutar, remitirá el expediente original dispensando las fotocopias legalizadas.