Artículo 393. (CAUSALES DE CASACIÓN EN EL FONDO).

Procederá el recurso de casación en el fondo cuando:

a)La resolución recurrida contenga violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la Ley.

b)La resolución recurrida contenga disposiciones contradictorias.

c)En la apreciación de las pruebas se haya incurrido en error de derecho o error de hecho. Este último deberá evidenciarse por documentos o actos auténticos que demostraren la equivocación manifiesta del juzgador.