I. El ejercicio de la tutela inicia con la posesión en el cargo de tutor.
II. La o el tutor cuida de la persona afectada, la representa en los actos de la vida civil y administra su patrimonio.
I. El ejercicio de la tutela inicia con la posesión en el cargo de tutor.
II. La o el tutor cuida de la persona afectada, la representa en los actos de la vida civil y administra su patrimonio.